Medidas urgentes de la Corte buscan garantizar alimentación en centros de detención transitoria
La Sala identificó graves falencias en el diseño y ejecución del plan de contingencia y evidenció la necesidad de adoptar medidas urgentes.
La Sala Especial de Seguimiento al estado de cosas inconstitucional penitenciario y carcelario, a través del Auto 897 de 2025, adoptó medidas estructurales y urgentes que evitan la materialización de una crisis humanitaria en materia de suministro de alimentación en los centros de detención transitoria del país.
La Sala, en su análisis, identificó graves falencias en el diseño y ejecución del plan de contingencia. Advirtió que la combinación de la inacción territorial, la falta de un marco normativo que habilite la intervención de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec) y la inexistencia del plan de contingencia eficaz y financiado compromete de manera grave la garantía de los derechos de la población reclusa.
La Corte recordó que el modelo de prestación del servicio debe ajustarse a los principios de dignidad, igualdad, suficiencia, continuidad, subsidiariedad y coordinación interinstitucional, "con el fin de garantizar el goce efectivo de los derechos de la población privada de la libertad".
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Además, reiteró que la alimentación constituye un componente esencial de la vida digna y que no puede admitirse ningún vacío competencial, normativo o presupuestal que permita su afectación.
Con lo anterior, advirtió que "cualquier omisión en el abastecimiento de alimentación adecuada configura un trato cruel, inhumano y degradante, proscrito en un Estado Social y Democrático de Derecho y sancionable por los mecanismos previstos en el ordenamiento jurídico".
En consecuencia, indicó la Sala, se "le ordenó al Ministerio de Justicia la reformulación del plan de contingencia, con medidas específicas, verificables, articuladas y financiadas, que permitan asegurar la prestación del servicio sin interrupciones a partir del 1 de julio de 2025".
Asimismo, requirió al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) la implementación inmediata de las acciones necesarias para el traslado de las personas condenadas que permanecen en los centros de detención transitoria, con el fin de liberar cupos y destinarlos a la población sindicada.
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Igualmente, exhortó al Congreso de la República para que avance con carácter prioritario en el trámite legislativo de los proyectos de ley orientados a prorrogar la competencia de la Uspec y garantizar la continuidad del servicio.
Por último, instó a la Procuraduría General a adelantar las investigaciones disciplinarias correspondientes contra las autoridades territoriales que han incumplido sus deberes legales y dispuso la realización de nuevas mesas de trabajo interinstitucionales para el seguimiento a la implementación del plan de contingencia y la articulación de las medidas adoptadas por las distintas entidades competentes.
Con información de la Corte Constitucional